Miles de afiliados a los fondos privados de pensiones se encuentran a la expectativa del próximo debate de los proyectos de ley que buscan un séptimo retiro AFP, el cual podría reiniciarse en la Comisión de Economía del Congreso de la República durante las próximas semanas. Si bien no se ha logrado un consenso entre los legisladores hasta el momento, existe otra alternativa a tomar en cuenta.

Resulta que el congresista José Elías de Podemos Perú presentó un proyecto de ley de autopréstamo de fondos previsionales, el cual permitirá que los ciudadanos puedan liberar un monto de sus Cuentas Individuales de Capitalización (CIC) para reintegrarlos con posterioridad. A continuación, revisa los alcances de esta propuesta que ya se viene aplicando en otros países.

Autopréstamo de las AFP: ¿de qué trata este proyecto de ley?

El último martes 5 de marzo, el parlamentario José Elías de Podemos Perú presentó la propuesta legislativa n.º 7187/2023-CR que busca autorizar a los afiliados de las AFP a retirar el dinero de sus cuentas con la obligación que se devuelva posteriormente, para ello se fijará una tasa de interés y se cumplirá ciertas condiciones establecidas en esta norma:

  1. Los afiliados al Sistema Privado de Pensiones podrán solicitar un retiro de hasta el 40% de los fondos acumulados en su propia CIC, ya sea de forma presencial o virtual.
  2. La entrega del dinero prestado se realizará dentro del plazo máximo de 15 días calendario, contados desde la presentación de la solicitud ante la AFP a la que pertenezca el afiliado.
  3. El autopréstamo de fondos AFP tendrá una tasa de interés de 0%.

¿Cómo será la devolución del autopréstamo AFP? Esto dice el proyecto de ley

Según el artículo 4 del PL del congresista José Elías de Podemos Perú, la devolución del préstamo se llevará a cabo mediante el pago de cuotas calculadas en el 2% de las remuneraciones y rentas imponibles de los afiliados, y se efectuará el abono a partir del primer día del siguiente mes a la solicitud.

«El pago del préstamo se realiza cada mes en que el afiliado contribuya en calidad de trabajador dependiente o independiente, hasta el mes en que salde la deuda total. En el caso de los afiliados sujetos a la renta de quinta categoría, el pago del préstamo se efectuará por el empleador de forma simultánea con el pago de las contribuciones obligatorias», se lee en esta iniciativa legislativa.

Vale mencionar que los afiliados que tengan vigente este autopréstamo no podrán solicitar otro hasta la amortización total del mismo. En el caso de que ellos pidan la pensión de jubilación por edad legal o la modalidad anticipada, sin haber completado la devolución, este monto se calcula con el saldo que posean en su CIC.

Finalmente, en aquellos que obtengan la pensión por invalidez o fallezcan, se deberá considerar el saldo que tengan al momento del siniestro o jubilación para que sea cobrado por sus herederos legales.

Autopréstamo AFP: ¿en qué otros países existe esta modalidad?

De acuerdo con el PL del parlamentario José Elías, en Estados Unidos existe la figura de los préstamos y retiros anticipados de ahorros en los fondos. Al respecto, el monto máximo que se puede pedir es del 50% del saldo de la cuenta con derechos adquiridos o US$50.000. Por lo general, el afiliado debe pagarlo dentro de cinco años de forma trimestral, sin estar sujeta al abono de impuestos, siempre y cuando se respete el tiempo señalado.

Por otro lado, en Chile, los integrantes de la Bancada del Partido de la Gente e independientes de la Cámara de Diputados presentaron el proyecto de reforma constitucional que permite el autopréstamo de hasta el 15% de los fondos de pensiones, con la obligación de devolver el dinero en 60 cuotas o hasta 5 años, sin intereses.

Sin embargo, la Cámara de Diputados rechazó esta iniciativa y, en su lugar, el Gobierno de Gabriel Boric planteó que el autopréstamo no supere el 5% de lo ahorrado por una persona, con un tope de 30 UF (Unidades de Fomento), equivalente a 1 millón 100.000 pesos.

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