El Ministerio Público informó que las personas que vendan bebidas alcohólicas en la ley seca, desde el 1 hasta el 3 de octubre, serán sancionadas hasta con seis meses de pena privativa de la libertad.
Como se recuerda, el Jurado Nacional de Elecciones señaló que la Ley Orgánica de Elecciones establece que desde las 08:00 horas del día anterior al de las votaciones hasta las 08:00 horas del día siguiente no está permitido el expendio de bebidas alcohólicas. Además, se informó que los establecimientos dedicados a estas ventas deberán permanecer cerrados.
El incumplimiento de esta disposición se sanciona con cárcel no mayor de seis meses, multa no menor de 2,790 soles. Asimismo, puede ser sancionado con la inhabilitación para ejercer la función o labor que ejercía.
Campaña
Con motivo de las elecciones del 2 de octubre, el Ministerio Público lleva a cabo la campaña #NoCometasDelitosElectorales. Ello con la finalidad de advertir y concientizar sobre las conductas que constituyen delitos que atentan contra la libertad y derecho al sufragio.
Por ejemplo, perturbar o impedir el desarrollo del proceso electoral usando violencia o amenaza. Esto es sancionado con pena privativa de la libertad entre tres y diez años.
Asimismo impedir a un elector ejercer su derecho al sufragio, obligarlo a votar en un sentido determinado, inducirlo mediante algún beneficio a que no vote o lo haga en otro sentido. Ello se castiga con penas entre uno y cuatro años.
Dicho tiempo de sanción también está considerado para la suplantación de votantes. Además, se aplicará a las personas que voten más de una vez en la misma elección o sufragar sin tener derecho.
Además, falsificar o destruir registros electorales, DNI o actas de escrutinio, u ocultar, retener o hacer desaparecer estos documentos para dificultar la elección o falsear su resultado, se castiga con pena privativa de la libertad de entre dos y ocho años.
De igual forma, sustraer, destruir o sustituir ánforas usadas en una elección antes del escrutinio también es un delito.