En relación al Decreto Supremo N° 110-2020-PCM, que dispone la ampliación de actividades económicas de la Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas, se informa a la ciudanía lo siguiente:
- La inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios (toque de queda), desde las 21:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, regirá en todas las regiones del país, sin excepciones, desde el lunes 22 de junio.
- Asimismo, durante el día una persona por familia está permitida de transitar para el abastecimiento de alimentos, compra de medicamentos, realizar transacciones financieras y, a partir del lunes 22 de junio, también podrá acudir a centros comerciales, conglomerados y tiendas por departamento fuera de su distrito de residencia, con o sin vehículo.
- Durante la inmovilización social obligatoria y en casos de emergencia, los vehículos deberán transitar con las luces interiores e intermitentes encendidas, a una velocidad no mayor de 30 km/h.