Según el artículo 108 del Código Penal, Josein Darwin Mescco Mamani (25), recibiría una pena privativa de libertad no menor de 25 años, debido a que el feminicidio cometido contra su expareja Eva María Carcahusto Huancapaza, tendría circunstancias agravantes, según la Defensoría del Pueblo.

Nivardo Enríquez Barriales, coordinado del Módulo Defensorial de Juliaca, expresó su indignación ante este primer caso de presunto feminicidio en la región de Puno. En ese sentido, solicitó a la Policía Nacional y al Ministerio Publico, tipificar rápidamente este homicidio e investigar rigurosamente para sancionar drásticamente al autor material del crimen ocurrido la madrugada del sábado 4 de enero en Juliaca.

“Es necesario recabar los medios probatorios como para poder tipificar el delito de feminicidio; en ese sentido, desde la Defensoría del Pueblo ya hemos exhortado a la Policía, al Centro de Emergencia Mujer (CEM) y demás instancias para que se actúe rápidamente en el recojo de los elementos de convicción”, sustentó el funcionario.

Indicó que se debe evitar que el caso sea definido como un domicilio simple, que tendría una pena privativa de libertad menor a lo esperado por los familiares y población, que se siente indignado por este macabro acontecimiento.

Es relevante detallar que, el Código Penal determina algunas circunstancias agravantes en casos de feminicidio cuando; la víctima se encontraba bajo cuidado o responsabilidad del agente o si la víctima fue sometida previamente a violación sexual o actos de mutilación; como habría sida el caso, pues el rostro de la víctima fue mutilado por el homicida que utilizo una comba. En estos casos, la pena no debe ser menor de 25 años de cárcel.

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